Nuestros asociados han recibido en sus domicilios las facturas correspondientes al período 08/2009 con una leyenda que dice “Subsidio Estado Nacional”. En este sentido, y teniendo en cuenta algunas dudas y consultas que han surgido con respecto a esta disposición nacional, explicamos de qué trata y sus alcances.
Con fecha 2 de setiembre de 2009 el OCEBA (Organismo de Control de Energía de la Provincia de Buenos Aires) oficializó la Resolución Nº. 281/09 por la cual se establece el mecanismo de facturación de los nuevos cuadros tarifarios establecidos por la Provincia por resolución del Ministerio de Infraestructura Nº 630/09.
Se recuerda que estas normativas receptan una Resolución de la Secretaría de Energía Nº 652/09 por la cual se modificaron las cuadros tarifarios para la tarifas residenciales (T1R) y rurales (T4) para consumos superiores a 500 Kw mensuales desde junio a setiembre del 2009.
Asimismo, a partir de la aplicación de estas normas se ha necesitado modificar la información a incluir en la factura de energía, a saber:
          los consumos se deben facturar al valor de la tarifa sin subsidio nacional y luego establecer un ítem con el valor en pesos del subsidio ha descontar y así determinar el valor neto real de la energía.
          Informar en detalle el cálculo establecido en el punto anterior.
          Resaltar con una leyenda que los consumos se encuentran subsidiados por el Estado Nacional.

Por lo expuesto es que a partir del período de facturación 08/2009 se especifica, como habrá podido observar el asociado en su recibo, un concepto denominado “SUBSIDIO ESTADO NACIONAL” que cumplimenta lo dispuesto pero que, excepto en lo referido anteriormente respecto a tarifas T1R y T4 con consumos superiores a 500 Kw mensuales y por los período mencionados, el valor del cargo de energía no ha sufrido modificaciones y sólo refiere a una forma diferente de facturarlo.