Nuestros asociados han recibido en sus domicilios las facturas correspondientes al período 08/2009 con una leyenda que dice “Subsidio Estado Nacional”. En este sentido, y teniendo en cuenta algunas dudas y consultas que han surgido con respecto a esta disposición nacional, explicamos de qué trata y sus alcances.
Con fecha 2 de setiembre de 2009 el OCEBA (Organismo de Control de Energía de la Provincia de Buenos Aires) oficializó la Resolución Nº. 281/09 por la cual se establece el mecanismo de facturación de los nuevos cuadros tarifarios establecidos por la Provincia por resolución del Ministerio de Infraestructura Nº 630/09.
Se recuerda que estas normativas receptan una Resolución de la Secretaría de Energía Nº 652/09 por la cual se modificaron las cuadros tarifarios para la tarifas residenciales (T1R) y rurales (T4) para consumos superiores a 500 Kw mensuales desde junio a setiembre del 2009.
Asimismo, a partir de la aplicación de estas normas se ha necesitado modificar la información a incluir en la factura de energía, a saber:
– los consumos se deben facturar al valor de la tarifa sin subsidio nacional y luego establecer un ítem con el valor en pesos del subsidio ha descontar y así determinar el valor neto real de la energía.
– Informar en detalle el cálculo establecido en el punto anterior.
– Resaltar con una leyenda que los consumos se encuentran subsidiados por el Estado Nacional.
Por lo expuesto es que a partir del período de facturación 08/2009 se especifica, como habrá podido observar el asociado en su recibo, un concepto denominado “SUBSIDIO ESTADO NACIONAL” que cumplimenta lo dispuesto pero que, excepto en lo referido anteriormente respecto a tarifas T1R y T4 con consumos superiores a 500 Kw mensuales y por los período mencionados, el valor del cargo de energía no ha sufrido modificaciones y sólo refiere a una forma diferente de facturarlo.